LIMA, 22 de abril (NNN-ANDINA) — La Federación Rusa y Tailandia han dispuesto aceptar copias de certificados de origen con firmas escaneadas para las exportaciones peruanas, informó el martes el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).
Ambos se suman a los 42 países que ya han adoptado esta medida, que permite a los exportadores enviar sus productos cumpliendo con todos los documentos, al mismo tiempo que acatan el Estado de Emergencia para prevenir la expansión del coronavirus (Covid-19).
Para el caso de la emisión de certificados hacia estos países, los exportadores deben seguir los siguientes pasos:
- Una vez aprobado el certificado de origen por parte de la entidad certificadora, la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) remite un correo de notificación al exportador.
- El exportador debe imprimir el certificado de origen, suscribirlo, escanear y enviar por correo electrónico al funcionario de la entidad delegada.
- Este funcionario imprime, suscribe y sella el certificado de origen, luego lo escanea y remite nuevamente al exportador.
Asimismo, los exportadores deben tener en cuenta las siguientes especificaciones para las copias de certificados de origen que se emitan para estos países.
Para la Federación Rusa, se debe consignar a mano, o de forma impresa, en el reverso de la copia del certificado: “The original of this certificate of origin will be submitted no later than 6 months from the date of registration of the goods declaration”.
De igual forma, Venezuela, también ha notificado que aceptarán copias de los certificados hasta el 12 de mayo de 2020.
Con la incorporación de estos países, la lista de los territorios que aceptarán copias de los certificados de origen durante el Estado de Emergencia es: Costa Rica, China, Unión Europea, Uruguay, Colombia, Chile, Bolivia, Ecuador, Japón, Singapur, Brasil, México, Estados AELC, Paraguay, Venezuela, Tailandia y Federación Rusa.
Para el caso de Japón, la copia del certificado de origen debe cumplir con las siguientes condiciones: imagen en color (no monócromo), con una resolución de 200ppp o más, y legible. Cabe señalar, que cuando la situación se normalice, los Certificados de Origen físicos deberán ser recogidos y enviados a los importadores en los países de destino.
— NNN-ANDINA